En cuanto a este argumento analizando las advertencias de la Intervención municipal, la teoría de los costes de transacción y la evidencia de procesos de remunicipalización exitosos, se demuestra totalmente infundado.
A continuación se detallan los puntos clave para rebatir esta afirmación:
● La agilidad depende de la prioridad, no del modelo jurídico tal como indica el informe de la Intervención municipal de Siero donde sostiene que la innovación, la especialización y la agilidad en la respuesta no son características intrínsecas de la gestión privada. Según el interventor, estos factores dependen de las prioridades en el empleo de los recursos y de la calidad de la dirección técnica. Si un Ayuntamiento dota al servicio de los medios adecuados y establece protocolos eficientes, la gestión pública puede ser tan ágil como la privada sin necesidad de externalizar el servicio.
● Comparación sesgada con un modelo público «infrafinanciado» basado en una comparación injusta entre un modelo privado teórico ideal y una situación pública actual degradada. En el caso de Siero, el informe de la consultora proyecta un servicio privado con 25 trabajadores, mientras que lo compara con un servicio público que actualmente solo tiene 14 plazas cubiertas. Por lo tanto, la supuesta falta de flexibilidad pública no es una limitación del modelo de gestión en sí, sino una consecuencia de la falta de inversión y personal que el propio Ayuntamiento ha mantenido históricamente.
● El «Saber Hacer» (Know-how) es de los trabajadores, no de las empresas, no se entiende pues que se argumente que las empresas privadas tienen personal más capacitado, cuando la evidencia demuestra que el conocimiento técnico reside en los operarios y técnicos que ejecutan el servicio.
● Alternativas de flexibilidad sin privatización: La supuesta rigidez de la función pública para contratar o responder a emergencias puede mitigarse y de hecho ya se está haciendo en la actualidad, sin recurrir a la concesión integral:
○ Contratos de servicios específicos: Bajo gestión directa, el Ayuntamiento tiene la facultad de contratar con terceros tareas concretas (como reparaciones de urgencia, limpieza de colectores o telelectura) mediante la figura del contrato de servicios. Esto permite disponer de equipos y materiales externos para emergencias manteniendo la titularidad y dirección pública del servicio.
○ Empresas mixtas: Los estudios indican que el modelo más eficiente es la colaboración público-privada (empresa mixta). Este modelo permite aprovechar la flexibilidad operativa privada mientras el sector público mantiene el control sobre los estándares de calidad y evita que el beneficio industrial prime sobre el interés general.
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